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El Superior Tribunal de Justicia de Jujuy falló a favor de la libertad de expresión

Falló a favor del diario El Tribuno en la causa por daños y perjuicios que le había iniciado la jueza Alicia Guzmán.

El 7 de noviembre del año pasado el Superior Tribunal de Justicia emitió un fallo revocando la indemnización que debía pagar a la jueza Alicia Guzmán el diario El Tribuno de Jujuy. El medio había sido denunciado por haber publicado el caso de una mujer a quien le quitaron sus hijas mellizas de apenas tres años por orden judicial y que vivió un calvario hasta poder recuperarlas.

La doctora Guzmán es presidente del Tribunal de Familia de la Provincia, e hija del histórico caudillo Horacio Guzmán. A sus manos llegó una disputa sobre tenencia de menores entre sus padres. La jueza zanjó la cuestión ordenando un allanamiento a las 8 y media de la mañana en el domicilio de la madre, donde sacaron a las niñas de la cama en medio de llantos y gritos cuando ella se encontraba al aire por una FM local. Allí empezó el calvario de esa mujer. Durante ocho meses no tuvo más noticias de sus hijas, pero inició una campaña de denuncia a través de todos los medios periodísticos

El Tribuno publicó tres notas los días 27 de febrero, 1º de marzo y 16 de abril del 2008 dando la versión de la madre sobre los hechos. La doctora Guzmán se sintió agraviada por estas notas y presentó una denuncia por “daño moral” contra el periódico ante la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial.

El fallo de primera fue a favor de la demandante que, entre sus considerandos, sentenció en primer lugar que “las publicaciones periodísticas eran agraviantes a su honor y honra”. Además calificó la decisión de publicarlas, afirmando que “revelaron un ejercicio imprudente del derecho de informar, pues la accionada (El Tribuno) no verificó la veracidad de las imputaciones ni reservó la identidad de la Juez interviniente”. También estimó: “las crónicas en cuestión no eran merecedoras del espacio periodístico, porque no excedía del interés individual de la denunciante ni era atinente, en modo directo, a la comunidad (y que) en la forma en que habían sido relatadas, podían ocasionar una gran preocupación en el ánimo del lector desprevenido que confía en la protección del funcionamiento de la justicia”.

Lo más grave de la sentencia pensada por la jueza Norma Issa es que pone condiciones a la libertad de prensa. “Reconocemos como incuestionable la garantía de la libertad de expresión, pero ello no significa que el periodismo quede exento del deber de reparar los daños causados por la difusión de noticias falsas o erróneas o que invadan la privacidad, pues esa libertad no significa impunidad. El Tribuno avanzó sobre el derecho al buen nombre y consideración pública de la jueza, poniendo un manto de sospecha sobre su actuar y la objetividad e imparcialidad de sus decisiones en causas que involucran a menores de edad

Sin embargo, El Tribuno apeló el fallo de primera instancia y buscó demostrar su inocencia aduciendo inconstitucionalidad de la primera sentencia. Así fue como la causa se elevó al Superior Tribunal de Justicia quien revocó el fallo previo. El hecho es importante porque es la primera vez que se usa la doctrina de la real malicia en un caso periodístico en la provincia. La doctrina de la real malicia es una teoría que, en derecho, se utiliza para los casos de calumnias o injurias publicadas por cualquier medio de difusión masiva, vertidas respecto de funcionarios públicos, personalidades públicas o cualquier persona involucrada en alguna cuestión de interés público.

“Entiendo que corresponde aplicar al caso la doctrina de la “real malicia”, y, en su mérito, eximir de responsabilidad a la demandada, en tanto atribuyó las noticias publicadas a una fuente perfectamente identificable, transcribiendo en forma sustancialmente fiel lo manifestado por aquélla y sin que la actora demostrara que el medio periodístico conocía de la falsedad de los hechos o que fue injustificadamente negligente en averiguarla”, sentenció el juez Sergio González, miembro a cargo del tribunal superior de justicia provincial.

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