Basándose en la doctrina de la “real malicia”
La causa “Di Salvo” fue iniciada por el ex senador bonaerense Miguel Ángel Di Salvo contra el Diario La Mañana, de la ciudad de 25 de Mayo, provincia de Buenos Aires, por una información errónea que había publicado el medio sobre la extensión de unos terrenos de su propiedad. Según el fallo judicial no quedó demostrado que tal información haya sido publicada con el conocimiento de que era errónea y con la intención de afectar al entonces legislador. Asimismo, en el escrito del Máximo Tribunal se sostiene que el diario reconoció en una nota posterior la inexactitud de los datos.
Los jueces de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay sostuvieron que “Tratándose de informaciones referentes a figuras públicas, cuando la noticia tuviera expresiones falsas o inexactas, los que se consideran afectados deben demostrar que quien emitió la expresión o imputación conocía la falsedad de la noticia y obró con conocimiento de que eran falsas o con notoria despreocupación acerca de tal circunstancia”. Agregaron que “la aplicación de la ‘real malicia’ depende de que se compruebe la existencia de un elemento subjetivo de conocimiento o, al menos, despreocupación respecto de la falsedad de los hechos”.
La doctrina conocida como de la “real malicia” establece que, ante informaciones falsas sobre figuras públicas, son éstas las que deben demostrar que el periodista conocía la falsedad o actuó con “notoria despreocupación”
Acción de Fopea: Registró el caso