Este hecho, que constituyó el peor atentado a la libertad de expresión desde el retorno de la democracia en 1983, generó un enorme repudio social y el compromiso de periodistas y medios de comunicación en defensa de este derecho y en reclamo de justicia.
El 25 de enero de 1997 José Luis Cabezas fue secuestrado en Pinamar y ultimado de dos tiros en una cava rural de General Madariaga, y su cuerpo fue calcinado dentro del vehiculo que había alquilado la Revista Noticias para la cobertura de esa temporada.
Después de una serie de intentos de desviar la investigación con pistas falsas y de la protección política que se pretendió dar a los responsables del asesinato, la Justicia determinó quiénes eran los autores de este aberrante crimen. En el juicio oral que se llevó adelante en los Tribunales de Dolores, se condenó a penas de reclusión y prisión perpetua a los distintos criminales. Se determinó que el jefe de la custodia de Alfredo Yabrán, el ex sargento del Ejército, Gregorio Ríos fue el instigador del hecho, por orden del magnate, quien se suicidó el 20 de mayo de 1998, después de fugarse por la orden de captura de la Justicia. A Ríos se lo condenó a prisión perpetua, pero Yabrán no pudo ser juzgado por su muerte.
En tanto al policía Gustavo Prellezo, el ejecutor de Cabezas, se le dio la pena de reclusión perpetua, por considerar como un agravante el hecho de que fuese policía. Lo mismo ocurrió con los otros policías, Sergio Cammaratta y Aníbal Luna, quienes dieron apoyo logístico e información sobre los movimientos que realizaba el equipo de la Revista Noticias que cubría la temporada de verano en Pinamar.
Por último, a una banda de delincuentes conocida como “Los Horneros” –porque vivían en el barrio de Los Hornos, en la provincia de Buenos Aires- se les dio la pena de prisión perpetua. Estos hombres –Horacio Braga, Sergio González, José Luis Auge y Miguel Retana- habían sido reclutados por Prellezo para cometer el crimen y participaron en el secuestro de Cabezas.
Tiempo después hubo un segundo juicio, esta vez contra el comisario de Pinamar, Alberto Gómez, a quien se lo condenó a la pena de reclusión perpetua por haber liberado la zona para que el crimen se pueda cometer.
Pese a esos fallos ejemplares, el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires decidió cambiar la carátula del expediente y reducirle las condenas, hecho que con la aplicación de la denominada “Ley del 2×1”, posibilitó que los criminales salgan de prisión habiendo cumplido entre 8 y 10 años de aquella condena a perpetua. Esa medida fue apelada y la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires la anuló y ratificó la sentencia de primera instancia. También hubo una serie de resoluciones de la Corte Suprema de la Nación, en el mismo sentido. Sin embargo, los asesinos siguen lejos de la cárcel por las apelaciones interpuestas.
Acción de FOPEA: Se pronunció públicamente