Ante la publicación de las imágenes del cadáver de la modelo y periodista Jazmín de Grazia por parte del diario Crónica (en su tapa y en un suplemento especial), el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) ratifica la necesidad de que los medios de comunicación en la Argentina realicen su trabajo a partir de marcos éticos y profesionales de la actividad y con una clara conciencia de la responsabilidad social que esto implica, y que esta tarea no vulnere la privacidad de las personas.
La publicación de este tipo de imágenes, repudiable desde todo punto de vista, implica un espectáculo innecesario que vulnera principios reconocidos e indiscutidos en la tarea de una cobertura informativa y de pautas legales específicas referidas a la protección de los menores, teniendo en cuenta que las imágenes luego circulan a través de medios televisivos e Internet.
La principal responsabilidad en este sentido recae sobre la empresa que decide su publicación, más aún si teniendo en consideración las versiones que indican que habrían pagado una importante suma de dinero para obtener las fotografías. La misma cuota de responsabilidad alcanza a las otras empresas que deciden reproducir las imágenes en distintos soportes tecnológicos. Por ello, FOPEA insta al resto de los medios a no dar difusión a esas imágenes, aunque sea en el contexto de criticar la actitud de Crónica. Lo mismo que hace un llamamiento a informar sobre este tema con responsabilidad ya que en los últimos días, aún antes de la publicación de estas fotografías, se notó en diferentes medios un tratamiento que hizo eje en cuestiones privadas de la joven fallecida.
FOPEA reitera su convencimiento de que la muerte (en cualquier circunstancia) es un acto absolutamente privado e íntimo. Y, en este caso en particular, donde encima la muerte se produjo en el ámbito de la vivienda de la víctima -y no en la vía pública, por ejemplo- es aún más repudiable la difusión de estas imágenes. En ese contexto, deben ser respetados todos los involucrados y sus reacciones y sentimientos previos y posteriores. Entre los principios éticos que promovemos desde FOPEA para el ejercicio profesional, sostenemos que el periodismo debe respetar la privacidad de las personas, como ya señalamos en ocasiones anteriores, como en los casos del asesinato de Nora Dalmasso en 2006 y el suicidio de Mario “Malevo” Ferreyra en 2008.
FOPEA, organización profesional integrada por más de 300 periodistas de todo el país, expresa su repudio por la publicación de las imágenes por parte del diario Crónica y exhorta de modo respetuoso a colegas y propietarios de medios a reflexionar sobre la necesidad de atender con especial dedicación los principios éticos que deben regir la tarea de informar. FOPEA no pretende amonestar a los demás. Lejos está del ánimo de sus miembros la intención de imponer comportamientos a otros. Pero a propósito de este caso, considera oportuno hacer públicos cuatro artículos de su Código de Ética, cuyo texto está inspirado en los códigos de ética periodística que rigen la actividad en la mayor parte de los países del mundo. Este Código ha sido suscripto por todos los miembros de nuestro Foro, ya que su cumplimiento es condición de pertenencia.
Se reproducen a continuación los artículos 5, 32, 33 y 35
5. El buen gusto es un valor periodístico, por lo que la curiosidad escatológica, la estridencia innecesaria y la morbosidad son actitudes a evitar.
32. El periodista debe respetar la privacidad de las personas. Sólo cuando se viera afectado un bien o valor público por un aspecto relacionado con la intimidad de una persona puede prevalecer el derecho a la información de los ciudadanos por sobre la privacidad de un particular.
33. El periodista sólo podría mencionar cuestiones de religión, etnia, nacionalidad, orientación sexual, discapacidades físicas o psíquicas, etc., si ello fuera indispensable para comprender la información y dicha referencia no resultara ofensiva ni discriminatoria.
35. En toda información debe respetarse el principio constitucional de inocencia de cualquier persona mientras una culpabilidad no hubiera sido probada judicialmente. Los pronunciamientos de las fuentes policiales no son suficientes para determinar culpas ni siquiera cuando tienen la forma de comunicados oficiales.
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