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CELS y FOPEA abordan la libertad de expresión en la Argentina

Con la preocupación común de trabajar en defensa de un derecho humano basal de todo sistema democrático, las organizaciones propiciaron un espacio común de debate con miras a los desafíos que rodean y que condicionarán en el futuro inmediato el derecho a informar y a estar informado.

En el complejo entramado de variables que hacen al derecho a informar y estar informado, las circunstancias políticas, económicas y sociales llevan a un primer plano algunos ejes de análisis. En una actividad conjunta el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) ofrecieron un panorama de la libertad de expresión, el acceso a la información de interés público y el andamiaje de la radiodifusión argentina. Los panelistas fueron Pablo Sirvén, Damián Loreti y Laura Zommer.

Presentaron el encuentro Gastón Chillier, director ejecutivo del CELS, y María O Donnell, de la comisión directiva de FOPEA. O Donnell introdujo el debate anunciando que el Foro de Periodismo Argentino acababa de comenzar un proyecto de monitoreo de la libertad de expresión en la Argentina. El programa será posible gracias al apoyo de la National Endowment for Democracy (NED), un organismo dependiente del Congreso de los Estados Unidos, y la red Intercambio Internacional para la Libertad de Expresión (IFEX, por sus siglas en inglés).

Sirvén, periodista del diario La Nación y miembro de FOPEA, hilvanó una cronología reciente de la radio y la televisión del país. En ese hilo conductor graficó el contraste entre la época en que sabíamos que Goar Mestre era Canal 13, Romay era Canal 9, y la actualidad, en que la propiedad de los medios es una madeja de paquetes accionarios. Por debajo se mezclan empresarios con intereses en diversos ámbitos del mundo privado, con dueños de medios que investigan y publican información sobre negocios que los atañen directamente.

De los 60 a la actualidad hay dos hitos recientes. El primero, la ley 22.285 de Radiodifusión, firmada en 1980 por personajes como Videla y Harguindeguy; y el segundo, las modificaciones a artículos de esa misma ley, que por obra y gracia del menemismo abrieron paso a la concentración de capitales, la uniformización de los contenidos y el debilitamiento del control estatal: Un caos de violaciones y abusos de parte de las empresas de medios, sintetizó Sirvén.

La radiodifusión, podríamos decir, es un ensayo de la anomia que se da en la sociedad en general: acumulación de normas, contradicción entre ellas, avance del Poder Ejecutivo sobre el Legislativo a través de decretos. Una situación de facto en la radiodifusión, subrayó. No se ha hecho mucho por mejorar en los 24 años que llevamos de democracia. Lo poco que se ha propuesto lo han pateado para adelante, por desconocimiento o tal vez por considerar que se trataba de algo frívolo, la televisión, la radio. En el 83 Alfonsín tenía en su plataforma electoral la abolición de la ley 22.285, la creación de un ente público no gubernamental y de una comisión bicameral sobre radiodifusión. Alfonsín fue presidente, pero nada de esto se hizo, lamentó.

Quien si echó mano a la ley fue Carlos Menem. En 1989 su gestión modificó incisos clave del artículo 45 de la 22.285 y dio lugar a un reparto de los medios de comunicación y a una extranjerización y concentración; de la propiedad de canales y radios en pocas manos. En vísperas de la partida de Menem, todo era expectativas. Había consenso entre el PJ y la UCR, todo parecía encausarse a una nueva estructura. Así se sancionó el proyecto de RTA, Radio y Televisión Argentina. Pero pocos meses más tarde, y en una de sus primeras medidas de gobierno, De La Rúa la vetó, recordó Sirvén.

El periodista señaló que Kirchner asumió con grandes señales de respeto hacia los derechos humanos. Pero la radiodifusión sufrió un nuevo traspié pocos meses antes de que vencieran los plazos de concesión de las frecuencias de radio y televisión. En 1980 la ley las había concedido por 15 años, con opción a una prórroga de 10 años más. Por decreto 527/06 el presidente Kirchner decidió que el transcurso del tiempo, del plazo, se detuviera por diez años más. Es decir, que las actuales licencias concebidas para 15 años terminarán siendo para 25, explicó Sirvén.

El 2006 nos encuentra con la ley Videla en plena vigencia, a pesar de que algunas de sus disposiciones no se aplican pues son demasiado oscuras para ponerlas en práctica. Al mismo tiempo, los propietarios de medios entran y salen por la ventana en una persistente informalidad que redunda en caos, violaciones a los horarios y a la protección al menor destacó el periodista y concluyó: Mi pregunta es: si el presidente se manifiesta absolutamente comprometido con los derechos humanos, ¿por qué no coloca a la radiodifusión en su agenda?.

Damián Loreti, jurista especializado en libertad de expresión y vicedecano de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, es junto a Laura Zommer -la tercera panelista- autor del capítulo de libertad de expresión del informe anual del CELS. Sobre la base del reporte de 2005 y analizando continuidades y disrupciones, comenzó con una aclaración pertinente a la radiodifusión: El Estado no es el dueño de las ondas, sino los ciudadanos. El Estado las administra. Esta distinción es central a la hora de discutir quién tiene derechos; de distinguir si el ciudadano es considerado sujeto de derecho a recibir información o si es considerado un consumidor. En el primer caso hablamos de un derecho de primera generación y en el segundo de uno de tercera generación, según el sistema interamericano de protección de derechos humanos.

En cuanto a la ausencia de legislación, entendió en cambio que lo que hay es vacío de autoridad. Con el decreto de Kirchner detiene el tiempo por 10 años más, empresas que jamás pasaron por un concurso habrán tenido las licencias por 25 años. Por otro lado, en julio de 2000 debían entregarse los pliegos para concurso de los servicios complementarios de televisión (el cable), pero desde entonces y con distintas excusas el Comfer fue suspendiendo su entrega, primero por 90 días, luego por otros 90 y así. Hace unas semanas la Corte Suprema dijo que no podría prorrogarlo más pues si bien no hay indicios de que el Estado pretenda favorecer a los titulares actuales de las licencias, en la realidad el efecto es ése. ¿Qué hizo el Comfer? Abrió un proceso de elaboración participativa de normas, lo que en la realidad significa vamos a discutir dos años más. Loreti comentó que existen varios borradores, pero persisten las deficiencias. Como ejemplo, los formularios siguen sin considerar la presentación a concurso de las personas jurídicas sin fines de lucro, una prohibición de la ley de 1980 que ya fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema.

A su turno, Laura Zommer indicó que no hubo durante 2006 casos de censura a través de los tribunales de justicia. En septiembre la Corte Suprema falló a favor del diario La Nación en una causa que le había iniciado el ex embajador en Paraguay, Spinoza Melo, quien se había sentido agraviado por información que le adjudicaba participación en orgías durante su gestión. El tribunal aplicó la doctrina del reporte fiel (jurisprudencia del caso Campillay) para concluir que el diario se había basado estrictamente en sumarios y una causa judicial, e invocó la doctrina de la real malicia al considerar que funcionarios públicos tienen un menor grado de protección a su vida privada en razón de su responsabilidad ante la sociedad.

En el mismo mes, continuó Zommer, el juez Daniel Rafecas desestimó una causa iniciada por el actual ministro de Justicia, Alberto Iribarne, quien había querellado por calumnias a Alejandro Rúa, integrante de la Unidad de Investigación del atentado a la AMIA, debido a que Rúa había señalado que desde la asunción de Iribarne la investigación había perdido impulso.

Para cerrar el tema, Zommer indicó que la Corte Suprema falló en una causa de Eduardo Menem contra Tomás Sanz, ex periodista de la revista Humor. Pero se trató de una negativa a un pedido de prescripción, una cuestión de procedimiento que no analizó el asunto de fondo, las supuestas calumnias e injurias, aclaró.

Acceso a la información fue la siguiente escala. Loreti señaló un puñado de causas judiciales que abordaron la cuestión durante 2006. En Chaco un amparo del Sindicato de Periodistas provincial derribó una disposición del gobierno chaqueño que había impedido la cobertura de la presencia de un grupo aborigen en la Casa de Gobierno. En Santa Rosa, La Pampa, a un periodista le fue prohibido acceder al recinto de audiencias por no contar con acreditación ante el Poder Judicial, y cuando la solicitó ante la dependencia pertinente le fue denegada por falta de idoneidad. El Superior Tribunal pampeano consideró que la decisión había sido un disparate y dejó sin efecto todo requisito de este tipo.

Un traspié que no fue tanto: en julio la Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó un fallo de primera instancia que declaraba la inconstitucionalidad de las leyes secretas, en una causa iniciada por el abogado Ricardo Monner Sanz luego de que María Julia Alsogaray afirmara que los sobresueldos del Poder Ejecutivo habían sido aprobados mediante leyes reservadas. La Cámara consideró que esas normas son parte del sistema democrático, que no son queridas pero que son necesarias para la protección de la seguridad nacional, y criticó a la jueza de primera instancia, Clara Do Picco, por haberse expedido sobre las leyes secretas en general y no específicamente sobre las que eran cuestionadas en la causa en sus manos, explicó Zommer. Finalmente intervino Loreti- el fallo quedó en el vacío pues hace unas semanas se sancionó la ley 26134 que ordena la publicidad de las leyes secretas: a principios de septiembre fueron publicadas en el boletín oficial y en 15 días su publicidad parece no haber afectado la seguridad nacional, ironizó.

Zommer recordó que desde diciembre de 2003 está vigente el decreto 1172/03 del Poder Ejecutivo Nacional, que entre otras disposiciones tendientes a transparentar los actos de ese poder incluye el acceso a la información sobre asuntos de su competencia. Desde la cátedra de Derecho a la Información de la carrera de Comunicación Social de la UBA, que integramos con Damián, instamos en cada período a los alumnos a enviar pedidos a la dependencia que elijan. En promedio, reciben un 60 por ciento de respuestas, si tenemos en cuenta las respondidas en tiempo y forma.

Según Zommer los resultados positivos que puedan adjudicarse al 1172 se deben más que nada a una red conformada desde la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia de la Jefatura de Gabinete. Pero hay organismos y ministerios que no se consideran parte de esa red y que han tendido a eludir la obligación de responder. Y ha habido respuestas insólitas como la que obtuvo un alumno luego de pedir al Comfer un reporte de las sanciones aplicadas a los canales de televisión: el responsable legal del organismo contestó que no podían responder pues la información estaba protegida por la ley de habeas data, que es una disposición de protección de los datos personales de los ciudadanos!.

En el Poder Legislativo el panorama no es más alentador, aunque el Senado está un paso delante de Diputados desde que creó una oficina de acceso a la información, y a pesar de que el Poder Judicial tuvo un fallo destacado al admitir el pedido de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) para acceder a las reuniones de la Comisión Bicameral Mixta Revisora de Cuentas, responsable de controlar la ejecución del presupuesto nacional.

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