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Firma de convenio con el Tribunal Superior de Justicia de Chubut

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) firmó el viernes 8 de junio en la ciudad de Rawson un convenio con el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Provincia de Chubut, mediante el cual se promueve el desarrollo de actividades conjuntas de capacitación, seminarios de análisis de la problemática periodística y comunicacional del quehacer de la justicia, y otras acciones conjuntas (ver texto completo del convenio al pie).

8 de junio de 2012
Para la firma, FOPEA estuvo representado por Paula Moreno Román, integrante de su Comisión Directiva, y un grupo de socios locales; mientras que por el TSJ de Chubut estuvo presente su presidente, Dr. Fernando Salvador Luis Royer.

El presente convenio se suma a los que FOPEA suscribió con la Corte Suprema de la Nación, y los TSJ de Salta, Santiago del Estero y Mendoza.

TEXTO COMPLETO

Convenio de colaboración entre el Tribunal Superior de Justicia de Chubut y FOPEA

En la ciudad de Rawson, a los 08 días del mes de junio del año dos mil doce, entre el Poder Judicial de la Provincia del Chubut, representado en este acto por el Señor Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Doctor Fernando Salvador Luis Royer, por una parte y el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), representado por la señora Paula Moreno Román, por la otra, suscriben el presente convenio de colaboración recíproca referente a la capacitación de las diversas actividades que llevan a cabo ambas instituciones. A tal fin,

CONSIDERARON

Que es interés de este Superior Tribunal de Justicia dar a conocer a la sociedad, para un mayor acercamiento a ella, las labores realizadas por el Poder Judicial, para lo cual se debe contar con medios eficaces de comunicación para la difusión de sus actividades judiciales.

Que en concordancia con ello, la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante Acordada N° 17/06 creó el Centro de Información Judicial, por el que se promueve la difusión de las decisiones judiciales con el objeto de permitir a la comunidad una comprensión mas acabada del quehacer judicial.

Que la Escuela de Capacitación Judicial de la Provincia del Chubut, está encargada de la capacitación de los miembros del Poder Judicial.

Que FOPEA se ha planteado como misión la de contribuir a mejorar la calidad del periodismo a través de la capacitación profesional, la elevación de los estándares éticos y la defensa de la libertad de expresión.

Que FOPEA aprobó en el Primer Congreso Nacional de Ética Periodística, un Código de Ética que destaca valores esenciales, métodos, derechos y obligaciones de los periodistas.

Que el mencionado Código “es de cumplimiento obligatorio para las personas integrantes de FOPEA, que están obligadas a respetarlo y hacerlo respetar.”

Que es de interés de FOPEA contribuir a que sus asociados otorguen la mayor jerarquía posible a la difusión de las actividades de la justicia para lograr su mejor comprensión por la ciudadanía.

Que ambas instituciones coinciden en que para alcanzar esos altos fines es conveniente estimular a los periodistas para que se especialicen en el tratamiento de las cuestiones judiciales.

Por todo ello,

ACUERDAN

PRIMERA: Promover y desarrollar actividades conjuntas de capacitación, seminarios de análisis de la problemática periodística y comunicacional del trabajo de la justicia, y otras acciones cuya ejecución sea acordada.

SEGUNDA: El presente Convenio entrará a regir a partir de la fecha de su firma y permanecerá vigente hasta que sea rescindido o denunciado por alguna de las partes con tres (3) meses de antelación, como mínimo. En el caso de existir actividades en curso, éstas serán culminadas con arreglo al presente Convenio.

TERCERA: Los programas y las actividades que se lleven a cabo se realizarán en la forma que para cada caso acuerden las partes.

Los gastos que se deriven del cumplimiento de los objetivos previstos en artículo primero, estarán a cargo de cada parte, respecto de sus asociados y los gastos comunes serán compartidos de manera proporcional entre las partes.

CUARTA: Toda diferencia que resulte de la interpretación o aplicación de este Convenio se resolverá conforme a la normativa más favorable a su conservación, asimismo las divergencias que se suscitaren se solucionarán de manera amistosa a través de sus respectivas autoridades.

En prueba de su conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Rawson, Provincia del Chubut.

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