El periódico Mi Ciudad de Florencio Varela había solicitado a la Justicia que ordene a la Municipalidad de Florencio Varela informar sobre la nómina completa de sus empleados.
FOPEA manifiesta su preocupación por el reciente fallo del Juzgado Administrativo Nro. 1 de Quilmes, por el cual se rechazó el recurso de amparo interpuesto por el periódico Mi Ciudad de Florencio Varela, con el patrocinio de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
A través de esta acción, el medio periodístico solicitó a la Justicia ordene a la Municipalidad de Florencio Varela informar «la nómina completa de empleados permanentes y contratados con el detalle de nombre y apellido, DNI; antigüedad, actividad desarrollada, áreas en que se desempeñan y sueldo o aporte percibido en tal concepto», pedido que venía realizando infructuosamente durante varios meses.
La resolución judicial dice que «procurar obtener información relativa a condiciones y datos de otras personas con apoyo en el derecho a la información del art. 12 inc. 4 de la Constitución Provincial, debe guardar una armonía con el resguardo de la intimidad y la privacidad…».
El insólito fallo dice que la Comuna no está alcanzada por los efectos de la Ley Provincial 12.475 por «no haberse adherido a ella». La norma es precisamente la que establece que «se reconoce a toda persona física o jurídica que tenga interés legítimo, el derecho de acceso a los documentos administrativos, es decir, toda representación gráfica, fotocinematográfica, electromagnética, informática, digital o de cualquier otra especie, que contenga datos o informaciones provenientes de órganos públicos del Estado provincial cuya divulgación no se encuentre prohibida expresamente por la ley.»
También, se hace referencia en la sentencia al hecho de que algunos de los datos requeridos figuran en la página web de la Municipalidad. Eso, si bien es cierto (y fue puesto en marcha recién después de la acción iniciada por Mi Ciudad), es incompleto: de allí no surge cuántos empleados son de Varela y cuántos de otras localidades, ni cuánto cobra cada uno, entre otros datos fundamentales.
Además, la sentencia condena al medio periodístico a pagar las costas del juicio.
La resolución dictada por el Juzgado Administrativo Nro. 1 de Quilmes constituye un claro obstáculo a la libertad de expresión y un paso antidemocrático contra la posibilidad de cualquier ciudadano, y no solo de un medio periodístico, de acceder a información que debería ser de carácter público.