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La Justicia cordobesa admitió un amparo de un periodista a quien no se le permitió presenciar una reunión de comisión del Concejo Deliberante

En la localidad de Las Varillas, en Córdoba

Gabriel Peloso, conductor radial en FM 100 y periodista del diario digital Noticias Las Varillas llevó a la justicia el impedimento impuesto por el Concejo Deliberante de la localidad cordobesa de Las Varillas para participar de las reuniones de comisiones de dicho órgano legislativo municipal.

Según consignó Diario Judicial la Cámara Civil y Comercial de San Francisco, provincia de Córdoba, admitió la apelación deducida por el periodista e hizo lugar a la acción de amparo del comunicador social, destinada a cuestionar el Reglamento Interno del Concejo Deliberante de la localidad de Las Varillas, pues la norma no permitía el ingreso de los medios de prensa a las reuniones de comisión.

El diario digital agrega que “en particular, los magistrados Mario Perrachione y Horacio Vanzetti indicaron que la modificación introducida al Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Las Varillas, en la medida en que limitaba el acceso a las reuniones de comisión, violaba “el artículo 67 de la Carta Orgánica Municipal, que establece que debe asegurarse la publicidad de las sesiones de comisión”. Anteriormente, el Juzgado de competencia múltiple de la localidad de Las Varillas declaró el amparo como manifiestamente inadmisible, pues consideró que la publicidad de las reuniones de comisión estaba garantizada por el Libro de Actas. Este pronunciamiento judicial fue apelado por el periodista.”

“De modo puntual, la Cámara de San Francisco indicó que “los periodistas o informadores parlamentarios, gracias a la publicidad, son personas privilegiadas en un sentido amplio, al poder impulsar la rendición de cuentas de los legisladores en el proceso de inmediación existente entre las autoridades públicas y la sociedad, conforme al sistema republicano y representativo de gobierno”. A diferencia de lo afirmado por el juez de Las Varillas, la publicidad de las sesiones de las comisiones “no se encuentra garantizada, en principio, con las constancias contenidas en el Libro de Actas, sino que requiere que a las sesiones puedan concurrir, salvo casos excepcionales, terceros y periodistas”. La publicidad de las reuniones está prevista para que los periodistas tengan “la posibilidad de informar sobre las sesiones ordinarias y de comisión del Concejo Deliberante”, explicó el Tribunal de Apelaciones. Luego, los magistrados remarcaron que las reuniones de las comisiones del Congreso de la Nación “son públicas”. Entonces, la Justicia local de Alzada manifestó que correspondía hacer lugar al recurso de apelación promovido por el periodista, pues el “Reglamento Interno dictado por el Concejo Deliberante de Las Varillas viola la publicidad de las sesiones de comisión”, consigna Diario Judicial.

Fallo completo: Disposición del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Las Varillas restringe el acceso a las reuniones de comisión – Amparo: posible afectación del derecho a la información y del principio de publicidad de los actos de gobierno

Acción de Fopea: Registró el caso

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