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Grave intento judicial por criminalizar las entrevistas y el off the record en Argentina

Grave intento judicial por criminalizar las entrevistas y el off the record en Argentina

El juez federal de Dolores (Pcia. de Buenos Aires), Alejo Ramos Padilla, involucró la semana pasada a los periodistas argentinos Daniel Santoro, Rodrigo Alegre, Eduardo Feinmman y Rolando Graña como parte de un presunto plan de extorsión o maniobras de inteligencia ilegal, en el marco de una causa en la cual se investiga por esos mismos delitos a Marcelo D´Alessio.

Los periodistas realizaron diferentes entrevistas en diciembre pasado al ex director de PDVSA Argentina, Gonzalo Brusa Dovat, y el juez sospecha que las mismas formaron parte de una trama extorsiva, ya que el contacto entre el entrevistado y los periodistas fue establecido a través de D´Alessio, imputado por Ramos Padilla por el delito de extorsión, en una causa en la que además aparece como imputado el fiscal federal de Buenos Aires, Carlos Stornelli, a cargo de importantes investigaciones sobre corrupción

El accionar del juez configura un grave intento de criminalizar las entrevistas y el secreto profesional de los periodistas, amparado en la constitución argentina. Entre los periodistas afectados por la resolución judicial, figura el prestigioso periodista Daniel Santoro, autor de investigaciones premiadas en la región y en el mundo.

Es imprescindible precisar que en el ejercicio profesional, los periodistas realizan entrevistas a diversas fuentes, manteniendo con éstas contactos permanentes, sea a través de reuniones privadas, llamados telefónicos, correos electrónicos o intercambio de mensajes. Todo este proceso no implica un delito o la participación de los colegas en un mecanismo extorsivo, tal como sugiere la resolución citada. Se trata por el contrario de una práctica profesional que el propio magistrado reconoce y dice respetar, pero que estaría criminalizando en su resolución.

Por otra parte, es preciso señalar que los periodistas nunca pueden ni deben ser confundidos con sus fuentes, como tampoco la realización de entrevistas pueden ser entendidas como un acto criminal. Los periodistas están expuestos en el devenir de su tarea a cometer errores, e inclusive son pasibles de ser engañados por sus fuentes, a pesar de la confianza que puedan haber establecido, tal parece ser el caso en cuestión. Pero los errores que un trabajador comete en tal sentido, no deberían ser considerados como responsabilidad del periodista, porque sino chocarían con la Doctrina de Real Malicia, vigente en la jurisprudencia argentina.

La posición del juez no tiene precedentes en la justicia de la Argentina, colisiona abiertamente con el derecho de los periodistas a entrevistar a personas vinculadas a intereses públicos, pone en riesgo el derecho al secreto profesional de los periodistas consagrado por la Constitución Argentina y puede generar autocensura, limitar el descubrimiento de hechos de corrupción y, en consecuencia, afectar la libertad de expresión.

Organizaciones

  • Associação Brasileira de Jornalismo Investigativo (Abraji Brasil)
  • Foro de Periodismo Argentino (FOPEA Argentina)
  • Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (Ecuador)
  • Fundamedios USA
  • Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX Costa Rica)
  • Instituto Prensa y Sociedad (IPYS Perú)
  • Instituto Prensa y Sociedad Venezuela (IPYS Venezuela)
  • Sociedad Interamericana de Prensa (SIP)

Periodistas

  • Ginna Morelo, periodista y editora colombiana
  • Rosental C. Alves, director del Centro Knight para el Periodismo en las Américas
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