Comunicado de las Organizaciones de la Sociedad Civil sobre el proceso de selección del Defensor del Pueblo (Comunicado conjunto)
Las organizaciones abajo firmantes en el marco del cuestionado proceso de designación del Defensor del Pueblo de la Nación, y teniendo en cuenta los siguientes puntos,
- Que la participación ciudadana es un derecho humano, y un instrumento para la adopción de mejores políticas públicas.
- Que no se trata de elegir a un Defensor del Pueblo, sino de designar al mejor Defensor del Pueblo posible.
- Que hace 8 (ocho) años las organizaciones de la sociedad civil venimos reclamando no sólo la selección de un Defensor, sino la adopción de un proceso participativo y transparente para tal fin.
- Que la participación ciudadana no puede ser la víctima de un proceso apresurado de selección.
- Que la no existencia de un mecanismo explícito por el cual se establezca un proceso de participación ciudadana, no significa que la comisión bicameral no pueda adoptar un procedimiento para tal fin.
- Que la expresa aceptación de los candidatos a la postulación, realizada por la Comisión Bicameral de Defensoría del Pueblo sin ningún tipo de participación ciudadana ni argumento alguno -más que el consenso político- resulta un antecedente insalvable de falta de idoneidad.
- Que el procedimiento adoptado para la selección del Defensor del Pueblo desconoce los “Principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales” (Principios de París), que representan las normas internacionales mínimas para el establecimiento de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH), así como las Observaciones Generales del Subcomité de Acreditación.
- Y finalmente que respecto al procedimiento de designación del Defensor del Pueblo, la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI) recomendó –en diversas oportunidades- “asegurar la formalización de un proceso de selección y designación claro, transparente, y participativo (…) que incluya dar amplia difusión de las vacantes; maximizar el número de posibles candidatos procedentes de una amplia gama de grupos sociales; promover una amplia consulta y o participación en el proceso de solicitud, selección y designación; evaluar candidatos en base a criterios predeterminados, objetivos y de dominio público; seleccionar a los miembros para que presten servicios con su propia capacidad individual y no en nombre de la organización a la que representen”.
Manifestamos la necesidad de frenar este proceso de designación del Defensor del Pueblo, y abrir urgentemente un espacio de participación ciudadana que garantice que Argentina vuelva a tener un Defensor del Pueblo idóneo y con la legitimación suficiente para velar por la defensa de los derechos humanos.
- Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
- Centro de Estudios Legales y Sociales
- Fundación Directorio Legislativo
- Fundación Poder Ciudadano
- Aldeas Infantiles SOS
- Asociación Civil Capibara. Naturaleza, Derecho y Sociedad
- Banco de Bosques
- Centro Latinoamericano de Derechos Humanos (CLADH)
- Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF)
- Democracia en Red
- Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)
- Foro de Periodismo Argentino (FOPEA)
- Fundación Conocimiento Abierto
- Fundación Ciudad
- Fundación Huésped
- Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS)
- Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM)
- Fundación Sur
- Fundación Vía Libre
- Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
- Laboratorio de Políticas Públicas
- Salta Transparente
- TECHO